La última elección de los magistrados del Tribunal Constitucional, el directorio del BCR y la Defensoría del Pueblo por el Congreso de la República del Perú ha causado una serie de reacciones que reflejan el descontento popular ante un sistema político que aparentemente desconocen y rechazan por su percepción de incompetencia.
Sin embargo, para evitar mayores deslices involuntarios o inconscientes como oportunismos políticos es importante comprender las implicancias del consenso en democracia para obtener la información necesaria y construir un análisis objetivo. El 10 de Abril del 2011 se realizaron las elecciones generales de Perú, dando como resultado la elección de 47 congresistas del partido político Gana Perú, 37 de Fuerza 2011, 21 de Perú Posible, 12 de Alianza por el Gran Cambio, 9 de Solidaridad Nacional y 4 del APRA.
Inicialmente el partido político de Gana Perú decidió formar una alianza con Perú Posible, algo que eventualmente se vio debilitado con el fraccionamiento de 5 congresistas de Acción Popular, 1 Perú Posibilista (Carlos Bruce) y posteriormente con la retirada de 4 congresistas independientes de tendencia izquierdista de Gana Perú.
Como se puede observar en el cuadro superior, la representación nacional se ve plasmada proporcionalmente según la elección debidamente legitimada en las urnas. En un país como el Perú donde existen muchos matices políticos es difícil conseguir una mayoría absoluta y por esta razón se conforman alianzas políticas para llegar a formar un bloque mayoritario y lograr la gobernabilidad.
Esto impulsó a que se conformara dos bancadas adicionales, inicialmente no previstos. Accion Popular – Frente Amplio conformado por 5 congresistas de AP, 1 del movimiento Acciones y No Palabras (Fujimorista) y 4 independientes de izquierda de Gana Perú. Así como la bancada de Concertación Parlamentaria conformada por los 4 congresistas del APRA y 1 Peru Posibilista, Carlos Bruce.
Naturalmente estos arreglos internos son producto del ordenamiento político que se da en todo parlamento. Ahora la tarea de la presidencia del congreso liderada por el oficialismo para elegir a los magistrados del TC, directorio del BCR y Defensoría del Pueblo se ve ligeramente alterado por estas modificaciones, pero aún así se mantiene una solida mayoría ante estos nuevos bloques minoritarios.
Una de las razones por la cual los magistrados del Tribunal Constitucional son elegidos por el Congreso de la República y no por el Poder Judicial o Poder Ejecutivo es por su carácter autónomo e independiente, así como la Defensoría del Pueblo. Caso contrario sería una instancia superior del Poder Judicial o un instrumento de control por el Poder Ejecutivo sobre el Poder Judicial. La Defensoría del Pueblo y el Tribunal Constitucional fueron instituciones creadas por la Constitución de 1993. Anteriormente se tenía el Tribunal de Garantías Constitucionales que era nombrado por tres miembros del Poder Ejecutivo, tres del Poder Legislativo y tres del Poder Judicial y sus funciones eran limitadas con procedimientos que lo hacían imposibles, por ejemplo: para presentar una demanda de inconstitucionalidad se necesitaba la firma de 50,000 ciudadanos, además del Presidente de la República, la adhesión de un tercio de senadores o diputados, la Corte Suprema de Justicia y Fiscal de la Nación. «Es decir que, por un lado, la legitimidad procesal estaba permitida para las autoridades principales del país, pero al pueblo se le exigía una alta cuota de respaldo a una demanda, que apenas se utilizó en la acción de inconstitucionalidad que interpusieron los trabajadores de las comunidades industriales en enero de 1992 contra una ley que las vulneraba, no llegando a resolverse la causa por la clausura del TGC.» (1)
La forma más adecuada de mantener la autonomía e independencia del Tribunal Constitucional, Defensoría del Pueblo y Banco Central de Reserva era delegando su elección a la representación nacional. De esta forma es el pueblo quien elige a los mejores cuadros para ocupar estos altos cargos del estado peruano a través de los partidos políticos que cuentan con la facultad de representación, elección y propuesta proporcionalmente otorgado en las urnas.
Esto significa que si bien las instituciones son autónomas e independientes en un sentido de control estatal no dejan de tener un cierto espíritu político que el pueblo expresa al elegir a los congresistas de ciertos partidos políticos, independientemente si son de izquierda o derecha, conservadores o liberales, etc.
Por esta razón cuando el Fujimorismo cayó en el 2000 y la oposición obtuvo una amplia mayoría en el Congreso de la República se pudo reformar o cambiar varios logros y errores aplicados durante la época del gobierno Fujimorista. Uno de los errores del TC fue aceptar la demanda del fundador de MOVADEF, Manuel Fajardo, quien pidió la anulación de todos los juicios hechos contra los terroristas en los tribunales militares para que sean juzgados nuevamente como ciudadanos en el fuero civil.
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Dada las circunstancias políticas del momento y la mayoría anti-Fujimorista en el Congreso de la República durante el gobierno de Toledo, el Tribunal Constitucional conformado por personajes militantes de otros partidos políticos como el fundador y ex-candidato a la presidencia de Acción Popular, Alva Orlandini, conjuntamente con los demás magistrados decidieron aceptar la demanda del MOVADEF y anular todos los juicios, incluyendo los de Abimael Guzman, declarando inconstitucional la cadena perpetua y traición a la patria, preparando así el camino para la libertad masiva de muchos terroristas confesos.
Esto no se dio porque la Constitución Política haya cambiado sino porque sus magistrados tenían otra opinión política y por lo tanto otra interpretación constitucional. Esto fue lo que el pueblo quiso, para bien o para mal, cuando eligió abrumadoramente a la oposición y se consintió la persecución política de quienes lucharon contra el terrorismo, como nuestras FFAA y PNP.

Por esta razón es importante reconocer la influencia que los partidos tienen al proponer candidatos a los altos cargos del estado, lo cual no se limita al aspecto profesional sino también político. Aun cuando los candidatos sean independientes son los partidos políticos quienes lo proponen y los congresistas quienes votan por ellos (según la propuesta partidaria). El consenso en este sentido se da porque no existe una mayoría absoluta y la mal llamada «repartija», apropiadamente conocido como consenso, es la solución más apropiada para este fenómeno. En el año 2007 el congresista Mulder declaró lo siguiente ante la dificultad que se sostenía para llegar a un consenso, «Eso es lo que ocurrió en el período anterior, cuando nos demoramos años enteros en tratar de completar el TC. Entonces el sistema de elección era individual y fue por esa razón que con Ántero Flores Aráoz –multipartidariamente– aprobamos el criterio de que se pueda aprobar a los candidatos en bloque.» (3)
Finalmente, las antipatías que los ciudadanos puedan sostener contra los candidatos de un partido que no los representa es algo natural y comprensible pero subjetivo. En una democracia es importante que los ciudadanos cuenten con una cultura política y cívica apropiada, donde se pueda respetar el consenso para vivir en armonía y fortalecer la democracia. Es irresponsable la campaña de desinformación emprendida por ciertas bancadas minoritarias del Congreso de la República que no cuentan con la debida representación para proponer candidatos y no aceptan el veredicto del pueblo expresado hace dos años atrás en las urnas electorales, en otra ocasión quizás les llegue su turno y se tendrá que respetar sus facultades. Cada partido político tiene el derecho de presentar sus mejores cuadros según lo consideren internamente, cualquier reclamo debe ir dirigido hacia el partido político a quien el ciudadano delegó la capacidad de representarlo, no es democrático juzgar el candidato de un partido que no representa a un ciudadano, pues en una democracia se debe aprender a respetar, tolerar y coexistir con quienes uno discrepa políticamente.
(1) Cesar Landa Arroyo, Ensayo: Del Tribunal de Garantías al Tribunal Constitucional: el caso peruano. página 83
(2) De Puño y Letra, Abimael Guzman Reynoso, página 48 y 49.
(3) http://www.larepublica.pe/22-06-2007/sera-dificil-lograr-consenso-para-eleccion-de-magistrados-del-tc